¿Qué es el visado EB4?
El visado EB-4 está destinado a inmigrantes de las siguientes categorías:
- Menores inmigrantes especiales (menores que han pasado dificultades y buscan la residencia permanente en Estados Unidos)
- Difusores
- G-4 Organización internacional u OTAN-6 Empleados
- Empleados internacionales del gobierno de EEUU destinados en el extranjero
- Miembros de las fuerzas armadas
- Algunos médicos
- Empleados de la Zona del Canal de Panamá
- Traductores afganos e iraquíes
- Nacionales afganos e iraquíes que prestaron servicios en apoyo de las operaciones estadounidenses
Como el número de visados de trabajo es limitado cada año, los visados EB-4 también lo son. De los 140.000 visados de trabajo disponibles, el 7,1% se expide a inmigrantes especiales como visados EB-4. Esto representa unos 9.940 visados en un año. Si se alcanza este límite para el año, tu solicitud se tramitará en los años siguientes.
Requisitos visado EB4
Las condiciones para obtener un visado EB4 son las siguientes:
- Los solicitantes deben tener una oferta de trabajo válida y permanente de un empleador estadounidense. La oferta no debe ser estacional ni a tiempo parcial.
- Los candidatos deben ocupar un puesto en su profesión.
Documentos justificativos para el visado EB4
Los documentos necesarios para solicitar un visado EB4 son los siguientes:
- Tu pasaporte, que debe ser válido durante más de 6 meses después de tu salida prevista hacia Estados Unidos
- Tu oferta de trabajo del empleador estadounidense
- Petición aprobada
- Tu página de confirmación DS-261
- Tus documentos médicos y de vacunación firmados
- Dos fotografías que cumplan los requisitos fotográficos para la solicitud de visado de EE.UU.
- Carta de patrocinio del visado de EE.UU.
- Logros académicos (diplomas y certificados)
- Tu CV
- Antecedentes policiales y penales
- Dependiendo del caso, la CNV puede exigir otros documentos justificativos, por lo que debes seguir atentamente sus instrucciones.
¿Cómo solicito un visado EB-4?
El proceso de solicitud del visado EB-4 se divide en dos partes en las que intervienen tanto el empresario estadounidense como el empleado o solicitante extranjero:
- El empresario estadounidense debe presentar una solicitud para el empleado extranjero ante el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE.UU. (USCIS).
- Una vez aprobado, el empleado extranjero debe solicitar un visado EB-4 en una embajada o consulado estadounidense de su país de residencia.
Paso 1: Presentar la solicitud
Los empresarios estadounidenses deben obtener la aprobación del USCIS antes de poder contratar a un empleado extranjero. Para ello, el empresario debe cumplimentar el formulario I-360, Petición de Inmigrante Extranjero, Viudo o Especial. El formulario contendrá las secciones que el empresario debe cumplimentar y los documentos justificativos necesarios, como declaraciones de la renta, documentos de auditoría o estados financieros.
Sin embargo, hay casos en los que el empleado extranjero puede presentar su propia petición y debe revisar el formulario y ponerse en contacto con el USCIS para determinar si puede hacerlo.
Además, si una persona que se dedica a la radiodifusión desea obtener un visado EB-4, la solicitud debe presentarla la Junta de Gobernadores de la Radiodifusión de EE.UU. (BBG) o un beneficiario de la BBG. El locutor debe dedicarse a los medios de comunicación y no desempeñar una función técnica o de apoyo al BBG.
Cuando el NVC recibe el expediente, le asigna un número de expediente y un número de identificación de factura. A continuación, envía un expediente al empleado extranjero en su país de origen con instrucciones y formularios sobre el procedimiento de solicitud. Cuando el NVC envía el expediente al solicitante, éste inicia el procedimiento de solicitud ante la embajada o consulado de EEUU en su país de origen.
Paso 2: Presentar el formulario DS-261, Elección de domicilio y agente
El empleado o solicitante extranjero tendrá que cumplimentar el formulario DS-261 por Internet. El formulario es la solicitud inicial de visado y tú, como solicitante, puedes acceder a él introduciendo tu número de expediente. Debes cumplimentar todos los apartados necesarios y, tras su envío, recibirás una página y un número de confirmación.
Fase 3: Reconocimiento médico completo y vacunación
En el expediente del NVC también encontrarás los requisitos para los reconocimientos médicos y las vacunas a los que debes someterte antes de viajar a Estados Unidos. Debes someterte a los reconocimientos de un médico autorizado y ponerte las vacunas que no tengas. Los documentos médicos deben estar firmados por el médico y adjuntarse a tus documentos justificativos.
Paso 4: Reunir el expediente de documentos justificativos
Una vez que el NVC haya aprobado tu formulario DS-261, debes enviar los documentos justificativos de tu expediente.
Paso 5: Asistir a la entrevista para el visado
El NVC examinará tus documentos justificativos y, si no se requieren más documentos, concertará una entrevista de visado para ti. La entrevista para el visado tendrá lugar en la embajada o consulado de EE.UU. donde presentes la solicitud. Las preguntas se centrarán en tus antecedentes y tus motivos para emigrar a Estados Unidos.
Paso 6: Recibir el paquete NVC y viajar a Estados Unidos
El funcionario estadounidense que realice la entrevista decidirá si se te concede o no el visado EB-4. Si se aprueba tu solicitud, recibirás otro expediente NVC, pero no se te permite abrirlo bajo ninguna circunstancia. Debes llevarlo contigo cuando viajes a Estados Unidos y hacer que lo abra un funcionario en cualquier puerto de entrada a Estados Unidos. El funcionario de inmigración que recibe el expediente decide si estás autorizado o no a entrar en el país tras examinar los documentos que contiene.
¿Cuánto cuesta un visado EB-4?
Tú y tu empresario tendréis que pagar los siguientes costes:
Tipo de carga | Quién paga | Coste estimado |
Certificación laboral del DOL (PERM) | Empresario | 3 000 à 10 000 $ |
Formulario I-140 del USCIS | Empresario | 700 $ |
Tratamiento DS-261 | Empleado | 325 $ |
Reconocimiento médico | Empleado | 200 $ à 500 $ |
Documentos justificativos | Empleado | 100 à 500 $ |
Costes de traducción | Empleado | De 20 a 50 $ por página |
Tratamiento Premium (opcional) | Empresario | 2 500 $ |
Coste total estimado | 6 845 $ – 14 575 $ |
¿Cuánto tiempo se tarda en tramitar un visado EB-4?
Debido al límite anual del número de visados EB-4, los plazos de tramitación pueden ser bastante largos. Los visados se tramitan cronológicamente y por orden, de modo que si tu visado es el siguiente al final del año y se alcanza el límite, tu solicitud se tramitará al año siguiente.
Muchas personas solicitan este visado, por lo que puedes encontrarte esperando muy poco tiempo, como unos meses o un año, o más, como hasta cuatro años. Todo depende de cuándo lo solicitaste y de cuándo entra en vigor tu fecha de prioridad. El USCIS y el NVC te informarán de cuándo puedes empezar a tramitar tu solicitud.
¿Puedo traer a mi familia a Estados Unidos con un visado EB-4?
A muchos inmigrantes con el visado especial EB-4 se les permite traer a Estados Unidos a sus cónyuges e hijos solteros menores de 21 años. Si se aprueba tu solicitud de visado EB-4, puedes pedir a tu cónyuge e hijos que soliciten visados familiares derivados.
Una vez aprobados los visados del cónyuge y de los hijos, el cónyuge puede solicitar el Documento de Autorización de Empleo (EAD) y empezar a trabajar también en Estados Unidos.
Otros tipos de visado de trabajo
- El visado EB-1 o de trabajador prioritario está destinado a profesores, investigadores, personas con aptitudes extraordinarias en las artes, las ciencias, los negocios, los deportes o la educación, y altos ejecutivos que hayan trabajado en una sucursal extranjera de una empresa estadounidense en los últimos 3 años.
- El visado EB-2 o de trabajador de segunda prioridad está destinado a profesionales con titulación superior y a personas con aptitudes extraordinarias en artes, ciencias o negocios.
- El visado EB-3 o de Trabajador Prioritario de Tercer Orden está destinado a trabajadores cualificados con más de 2 años de experiencia, profesionales con título de postgrado o trabajadores no cualificados con menos de 2 años de experiencia (visado EW-3).
- El visado EB-5 o de Trabajador de Quinta Prioridad está destinado a los inversores en Estados Unidos que vayan a invertir entre 500.000 y 1 millón de dólares en la economía estadounidense.